SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0953/2019-S4

Fecha: 15-Nov-2019

v)

Con carácter previo corresponde pronunciarnos sobre el retiro de la acción de libertad en contra de dichos servidores públicos, la cual de acuerdo a los antecedentes se tiene que fue anunciada durante la audiencia de acción de libertad que nos ocupa por parte de la propia accionante; de la revisión de la Ley Fundamental y del Código Procesal Constitucional, se advierte que el retiro de la acción de libertad no está reconocido como posibilidad, en ninguna etapa de la tramitación de la acción, incluso por mandato constitucional, la audiencia de acción libertad, no puede ser suspendida bajo ninguna circunstancia (art. 126.I de la CPE), debido precisamente a que ésta acción de defensa, está orientada a brindar una pronta y efectiva protección al derecho a la libertad, en sus esferas física y de locomoción, el mismo que se constituye en un derecho fundamental, por cuanto su restricción acompaña la mayoría de las veces la limitación en el ejercicio de otros derechos fundamentales, por lo cual no es admisible la aceptación de desistimiento o retiro de la acción tutelar en ninguna etapa de su tramitación, salvo que se verifique que la misma hubiese sido interpuesta sin el consentimiento de la titular de los derechos invocados como vulnerados (SC 2555/2010–R de 19 de noviembre). En atención a dicho razonamiento es que se pasará a analizar la actuación de los mencionados servidores públicos, a fin de verificar la veracidad de las denunciadas atribuidas a éstos.