SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2019-S4
Fecha: 21-Nov-2019
II.2.
II.2. Virgilio Mendieta Puma (Curaca Mayor de los once Ayllus de Coroma), por nota presentada el 11 de enero de 2019, presentó consulta de autoridad indígena originario campesina, sobre la aplicación de sus normas jurídicas a un caso concreto, respecto a la “Resolución Jurisdicción Indígena Originaria Campesina de Coroma 02/2018”, en el que se realiza la siguiente pregunta: “¿en la solución del presente caso concreto de conflicto de tierras entre la Estancia Totorkota y comunarios de Chihuachita para restituir el estado de armonía con la aplicación de los principios y valores del “suma qhamaña” “armonía” “qhapaj ñan” “respeto”. Como normas y mandato milenario de nuestras comunidades se han vulnerado los derechos y garantías fundamentales de las partes en conflicto?” (sic) (fs. 698 a 699).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Informe de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- III.2. Naturaleza jurídica de la consulta de autoridades indígenas sobre la aplicación de sus normas a un caso concreto: alcance y finalidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Sobre el presunto incumplimiento del principio de subsidiariedad
- III.3.2. Sobre la interposición de la Consulta sobre la aplicación de sus normas a un caso concreto por parte de las autoridades demandadas
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO