SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2019-S4

Fecha: 22-Nov-2019

1)

Los accionantes, ratificaron el memorial de acción de amparo constitucional y ampliando sus argumentos señalaron que: 1) En audiencia de juicio oral, uno de los impetrantes de tutela —abogado de la defensa Erick Sossa Rocha— fue sancionado con una multa de Bs200.- por uso indebido de recursos procesales, siendo que la solicitud de aclaración y enmienda que fue lo último que peticionó, no se enmarca dentro de ese tipo de actuados, por lo que interpusieron reserva de apelación restringida, ya que las autoridades demandadas, les indicaron la imposibilidad de volver a participar en audiencia si previamente no se cumplía con el pago por la sanción impuesta, se solicitó por medio del abogado de la defensa Alvaro Rolando Elías Condori, que en mérito a lo previsto por el art. 168 del CPP, se corrija el procedimiento, permitiendo la defensa irrestricta, lo que mereció para el citado abogado, la imposición de dos salarios mínimos como sanción, sin un previo aviso; sanciones que les fueron impuestas sin haber incurrido en ninguna de las faltas establecidas en la Ley del Ejercicio de la Abogacía (LEA) –Ley 387 de 9 de julio de 2018–; y, 2) Con dicha restricción, se lesionó su derecho al trabajo, ya que al no poder participar en el proceso, no se considera por su cliente el trabajo intelectual realizado en su defensa.