Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2019-S4
Fecha: 27-Nov-2019
II.1.
II.1. Cursa Memorándum de suspensión del cargo DDEG 1/2018 de 26 de octubre, emitido por Marlene Pinto Céspedes, Directora Distrital de Educación de Gutiérrez del departamento de Santa Cruz, ahora codemandada, por medio del cual se dispuso la suspensión del cargo de la hoy accionante, como maestra de la Unidad Educativa (UE) “Feliciano Ferreira” de igual departamento, con goce de haberes, en observancia del art. 10 del Reglamento de faltas y sanciones del magisterio, personal docente y administrativo (fs. 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.2.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la que ha arribado el juzgador, son razonables las dudas del justiciable en sentido de que los hechos no fueron juzgados conforme a los principios y valores supremos,
- III.2.
- Fragmento 16
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR