Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2019-S1
Fecha: 26-Nov-2019
II.3.
II.3. Se tiene informe de 11 de julio de 2019, emitido por la auxiliar del Juzgado de Sentencia Penal Cuarto del departamento de Santa Cruz, el cual refiere, que teniendo audiencia fijada para el 12 igual mes y año a horas 8:30, se procedió a generar las diligencias; empero, la central de notificaciones no recibió las mismas, por tal motivo no pudo realizar la notificación al ahora peticionante de tutela, al encontrarse fuera del plazo (fs. 57).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- i)
- Fragmento 11
- La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de
- con la mayor celeridad posible, y dentro de los plazos legales si están fijados
- Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión,
- III.3. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- Respecto a la acusación formal y su falta de notificación
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.5. Otras consideraciones
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER
- 3°