Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2019-S1
Fecha: 29-Nov-2019
c)
c) Cuando no existe la intención de engañar de manera previa o consecuente con la firma de contratos, en estos casos, los hechos podrán definirse como un incumplimiento contractual de trascendencia civil, pero no como un delito de estafa y estelionato; toda vez que, se debe establecer si el incumplimiento fue por causas a la ausencia total de engaño en la conducta de los denunciados o fue con la intención de obtener un beneficio económico indebido; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.4. Participación del representante del Ministerio Público
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Valoración de la prueba
- III.3. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- b)
- c)
- d)
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte
- 2° DENEGAR