Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1153/2019-S1
Fecha: 29-Nov-2019
II.4.
II.4. A través del Auto de Vista 34 de 25 de marzo de 2019, Hugo Juan Iquise Saca, Vocal de la Sala Penal Primera y Victoriano Morón Cuéllar, Vocal de su similar Segunda, ambos del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora demandados-, declararon admisible e improcedente la apelación incidental interpuesta por la ahora accionante (fs. 211 a 215).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.4. Participación del representante del Ministerio Público
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como componentes del debido proceso
- III.2. Valoración de la prueba
- III.3. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- b)
- c)
- d)
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER en parte
- 2° DENEGAR