AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019-O
Fecha: 20-Dic-2019
II.4.
II.4. Por medio de la Ley Autonómica Municipal 294 de 21 de agosto de 2018 –Ley Municipal de Cooperación para la Liberación de Derecho de Vía en el Municipio de San Julián–, promulgada por el Presidente del Concejo Municipal de dicha localidad, se dispuso liberarse todo el ancho de la carretera Santa Cruz-Trinidad en la jurisdicción del municipio de San Julián, de acuerdo a las normas de la ABC y a los planos Directores de las urbes de las poblaciones de Los Troncos, Florida, Villa Paraíso, San Andrés, El Vergel, San Julián, Los Ángeles, Litoral-Núcleo 1, La Asunta-Núcleo 2, Otawa-Núcleo 3 y Área 4, por ser propiedad del Estado Plurinacional de Bolivia a efectos de su uso, planificación, administración, estudios, diseños, construcción, mantenimiento y conservación por parte de la ABC, debiendo desalojarse todo asentamiento, reasentamiento humano o de comunidades vecinas en un plazo a establecerse (fs. 226 a 227).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la queja por incumplimiento
- I.2. Petitorio
- a)
- IMPROBADO
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional para resolver las denuncias por incumplimiento a sentencias constitucionales. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis de la denuncia de incumplimiento
- de lo referido se asume que el Municipio en cuestión debe iniciar algún tipo de trámite para verificar si es que realmente la parte accionante no respeto la línea y nivel, el referido trámite deberá sustanciarse de acuerdo a procedimiento y normas vigentes, teniendo la parte accionante el derecho de estar en conocimiento del mismo, además de poder proponer prueba que estime conveniente; es decir, se deberá poner fin al conflicto, empero, de forma prevista por normativa y respetando los derechos de las partes, no pudiendo la señalada entidad municipal determinar unilateral y discrecionalmente la situación del inmueble en cuestión,
- ordenó liberarse
- 1º REVOCAR