SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2019-S4

Fecha: 04-Dic-2019

Fragmento 6

La Sala Constitucional Tercera de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Resolución 104/2019 de 10 de julio, cursante de fs. 204 a 207 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que las demandadas se abstengan de ejecutar cualquier de acto o conducta que impida que la accionante realice sus actividades de trabajo y comercio en el puesto de venta 1 del Mercado Villa Fátima de Nuestra Señora de La Paz; decisión asumida en base a los siguientes fundamentos: i) En cuanto al derecho al trabajo, la impetrante de tutela estando en posesión del citado puesto desde hace varios años, no se le permitió tener acceso al mismo, por la acción de hecho y pretendiendo hacer justicia por mano propia asumida por la parte demandada, vulnerando de esta manera éste derecho y a la actividad comercial, consagrados por la Constitución Política del Estado, por constituir su fuente de trabajo, que no puede ser restringida por persona o personas por vías de hecho, sino por mandato de autoridad competente, previo proceso y en el que se respete el debido proceso; y, ii) Respecto al derecho propietario reclamado, cabe señalar que no es posible alegar la lesión de éste, en razón a que se trata de un puesto de venta, siendo propietario el Gobierno Autónomo Municipal de Nuestra Señora de La Paz y las personas que ocupan los mismos, lo hacen a título de posesión o locatarios, quienes cumplen con el pago de patentes conforme a normas referidas al caso.