SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2019-S4

Fecha: 04-Dic-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denunció la vulneración de sus derechos la propiedad privada, al trabajo y a realizar actos de comercio, debido a que los Directivos de la Asociación de Comerciantes y Vendedoras del Mercado Villa Fátima, Feria y Ramas Anexas, el 23 de mayo de 2019, determinaron cerrar su puesto de venta de comida, producto de un altercado entre su persona y otra vendedora, siendo precintado el lugar el 25 del mes y año indicados, por la oficina de Promoción Económica-Intendencia Municipal, Defensa al Consumidor del Gobierno Autónomo Municipal de Nuestra Señora de La Paz, por infracción a disposiciones municipales vigentes “riñas y peleas”, sin que este hecho fuera de su conocimiento. Ante esa situación, acudió a la entidad municipal referida, instancia que sorpresivamente le hizo conocer el Memorándum GAMLP/SMDE/DMCVP/UM 007/2019; por el que, se dispuso la suspensión de actividades de venta en su puesto de trabajo, por un plazo de cinco días, logrando con ello las demandadas, no solo cerrar físicamente su fuente de trabajo por mano propia, sino además que el ente municipal, sin la existencia de un debido proceso convalide aquella medida arbitraria.