SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1105/2019-S2
Fecha: 18-Dic-2019
II.1.
II.1. La Responsable de la Unidad de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción Regional Santa Cruz de la CNS, emitió el Informe Jurídico IJU/UTILCC/96/2017 de 26 de diciembre, ampliatorio de su similar 55/2017 sobre “Irregularidad en Uso del Título Auxiliar Contable” (sic), en el que recomendó la remisión del mismo a la Autoridad Sumariante de dicha entidad, para que inicie proceso sumario administrativo contra el trabajador, ahora accionante Edward Villarroel Pérez, por posibles indicios de responsabilidad administrativa, ante la inexistencia del título referido, que no fue emitido por el Instituto Técnico Domingo Savio, conforme a la certificación expedida por dicho Instituto, además de haber indicios de la comisión de los delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, que deberán ser analizados por Asesoría Legal de la CNS, e iniciar la respectiva acción penal (fs. 711 a 718).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- [3]
- [6]
- En resumen, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional glosada, una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)