Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1105/2019-S2
Fecha: 18-Dic-2019
II.4.
II.4. Contra el fallo del Sumariante, el accionante planteó recurso de revocatoria, que fue resuelto a través de la Resolución Administrativa de Recurso de Revocatoria 01/2018 de 20 de marzo, confirmando la sanción impuesta en la Resolución Final de Sumario 04/2018; quedando en consecuencia, invariables y subsistentes todas sus disposiciones y contenido íntegro y parte resolutiva, contra la que interpuso recurso jerárquico el 29 de marzo de ese año (fs. 21 a 34; 105 a 108; y, 80 a 93).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- [3]
- [6]
- En resumen, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional glosada, una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)