SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2019-S2

Fecha: 23-Dic-2019

III.2.6.  Intervención de amicus curiae en la acción popular

La SCP 1472/2012 de 24 de septiembre, cambió el entendimiento jurisprudencial asumido en la SC 1018/2011-R de 22 de junio, que establecía el deber de la parte accionante de citar a los terceros interesados en las acciones populares, señalando que conforme a la naturaleza y finalidad de la acción popular, la intervención de terceros miembros de la colectividad es en su calidad de amicus curiae, dado que esos terceros no son titulares de derechos subjetivos individuales.