SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1129/2019-S2

Fecha: 23-Dic-2019

III.6.1. Consideraciones previas sobre la legitimación pasiva

Conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, en mérito al informalismo que rige la acción popular la legitimación pasiva es flexible; en ese orden si en el transcurso del proceso se  determina la responsabilidad objetiva de servidores públicos, por el daño causado a los derechos colectivos y derechos e intereses difusos, y estos asumieron defensa o emitieron alegatos en otra calidad, es obligación del Juez o Tribunal de Garantías, o en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional reconducir su actuación a la de demandados.