SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1174/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1174/2019-S1

Fecha: 02-Dic-2019

desde el 29 de mayo de 2019

Es sobre la base de las precisiones supra descritas que se advierte que desde el 29 de mayo de 2019 -fecha en la cual fue notificada la autoridad fiscal con el decreto de conminatoria- hasta el 14 de agosto de 2019 -fecha de presentación de esta acción tutelar- transcurrieron dos meses y dieciséis días, sin que la Fiscal de Materia demandada presente informe ordenado por la autoridad judicial que ejerce el control jurisdiccional de la investigación en el proceso penal vinculado a hechos de violencia contra la mujer y/o sus dependientes previstos en la Ley 348, vinculado precisamente al incumplimiento de la ampliación de las medidas de protección, como se expresó precedentemente y que tienen un carácter inmediato y necesario, preventivo o disuasivo para neutralizar o minimizar los efectos nocivos del ejercicio de la violencia en la victima, incurriendo en una demora injustificada, una dilación indebida de la autoridad fiscal.

Esa demora y dilación puntualizada en líneas precedentes se traduce en la inobservancia del principio de celeridad reconocido constitucionalmente para el ejercicio de la función de impartir justicia y que no es ajeno a la función cumplida por el Ministerio Público que también se encuentra regida por el mencionado principio; en cuyo mérito, en la especie, el Fiscal a cargo del caso, se encuentra impelido de ejercer sus funciones de manera pronta, oportuna y sin dilaciones indebidas, es decir el deber de actuar con la debida diligencia en especial en aquellos procesos judiciales por hechos de violencia en razón de género, ya que las víctimas forman parte de un grupo vulnerable, por cuanto requieren atención prioritaria, a fin de materializar el derecho de acceso a la justicia que tienen las mismas; así también, en observancia al principio de celeridad dentro del marco de la Ley 348, el Código de Procedimiento Penal y demás normativa interna y los Instrumentos Internacionales sobre derechos humanos, ratificados por nuestro país relativo a esta materia.