SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2019-S1

Fecha: 12-Feb-2019

II.4.

II.4.  Revisado el Sistema de Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional, se evidencia que Tito Alfredo Pérez Ortiz en representación legal de Francisco Javier Fernández de Arévalo de la Barreda, mediante memorial de 15 de enero de 2016 interpuso acción de amparo constitucional contra Deysi Villagómez Velasco y Javier Peñafiel Bravo, ambos Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, siendo así que la Sala Civil, Comercial, Familiar, de la Niñez y Violencia Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 14/16 de 16 de febrero de 2016, denegó la tutela, en razón de que ese tribunal no podía valorar pruebas que en su momento no fueron esgrimidas por el accionante para que fueran tomadas en cuenta por la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, no adecuándose lo impetrado a la protección del art. 128 de la CPE al no haber delimitado el nexo causal entre lo pedido y lo resuelto por el Tribunal Agroambiental Nacional, por lo que determinó que no existió vulneración a ningún derecho ni garantía constitucional. Posteriormente, en revisión, el Tribunal Constitucional Plurinacional  emitió la SCP 0559/2016-S2 de 27 de mayo, concluyendo en que los Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, al dictar la Sentencia Agroambiental Nacional S2a 38/2015, incurrieron en actos lesivos del derecho al debido proceso, por lo que concedieron la tutela, dejando sin efecto el aludido fallo agroambiental, así como la diligencia de notificación practicada, debiendo en consecuencia emitirse una nueva sentencia.