SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2019-S3
Fecha: 01-Mar-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a la “estabilidad” laboral, al fuero sindical, a la vida, la alimentación, la salud, seguridad social y al reconocimiento de su personalidad, capacidad y “dignidad”; puesto que, de manera arbitraria y sin ningún justificativo, fue comunicado con su conclusión laboral como trabajador de la empresa YPFB Refinación S.A., mediante Nota YPFBR-GGL/GTH-70-CI/2018 de 27 de marzo, aspecto que fue denunciado ante la Jefatura Departamental de Trabajo Santa Cruz, la cual dispuso su inmediata reincorporación a través de Conminatoria JDTSC/CONM 035/2018 de 9 de mayo; sin embargo, la autoridad demandada se rehúsa a cumplir la misma, contraviniendo la nueva línea jurisprudencial establecida en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0047/2018-S3 y 0016/2018-S3 que ordenan el cumplimiento inmediato y obligatorio, y desconociendo su inamovilidad laboral por fuero sindical del cual goza al ser miembro del directorio del STRC.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- el pago de
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección constitucional a la orden de reincorporación laboral, dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
- En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de restitución en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.
- que la justicia constitucional sólo viabiliza la tutela inmediata ante la decisión unilateral del empleador que opta por un despido intempestivo sin causa legal justificada
- III.2. Protección del fuero sindical
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.
- IV.
- La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento
- CONFIRMAR