SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0013/2019-S3

Fecha: 01-Mar-2019

III.3.

Del examen de los antecedentes cursantes en la presente acción tutelar, se tiene que, el peticionante de tutela interpuso demanda contenciosa administrativa contra Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional, y Cesar Hugo Cocarico Yana, Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, impugnando la Resolución Suprema 18454 de 10 de mayo de 2016, pronunciada a la conclusión del proceso de Saneamiento de los predios “…‘La Esperanza’ y ‘Villegas’…” (sic); mediante la cual se desconoció su posesión, y vía conversión se adjudicó estos terrenos a la Federación Departamental de Maestros de Educación Rural de Cochabamba; en dicho contexto, los entonces Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, a través de la Sentencia Agroambiental S2ª 95/2017 de 8 de febrero, declararon improbada su reclamación; empero el accionante considera que, faltaron al deber de responderle de manera fundamentada, motivada y congruente  respecto a cada uno de los puntos demandados; por lo que activó la presente acción tutelar.

Ahora bien, del análisis de la Sentencia Agroambiental S2ª 95/2017, que resolvió declarando improbada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por el accionante, se tiene que, en su primer considerando -fundamentación descriptiva-, la identificación de los cuestionamientos al proceso de saneamiento, planteados en calidad de agravios, de acuerdo lo siguiente: