Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0030/2019-S3
Fecha: 01-Mar-2019
II.1.
II.1. Cursa Convocatoria a Sesión Extraordinaria Pública 028/2018 de 18 de mayo, suscrita por Mabel Blanco Choque, Presidenta del Concejo Municipal y por Justino Condori Juaniquina, Concejal Secretario del Concejo Municipal de Caracollo -autoridades demandadas-, se fijó para el 22 de igual mes y año, a horas 09:00, con el propósito de elegir la nueva Directiva del Concejo Municipal aludido gestión 2018-2019 y las Comisiones de Trabajo (fs. 60).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- III.1. El derecho a ejercer la función pública
- Por lo tanto, el impedir desempeñarse a una persona en el cargo para el cual ha sido electa o designada, o el alterarle de cualquier manera el correcto desarrollo de sus funciones, afectan gravemente su derecho a ejercer esa función pública,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte