SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2019-S3

Fecha: 15-Mar-2019

i)

En la réplica, argumentó: i) En cuanto a la documentación a la que hacen referencia no la vieron y que de acuerdo a la legislación boliviana no existe un título inscrito en DD.RR., que contradiga el suyo; ii) Sobre la sugerencia de un radio urbano, es importante señalar que por previsión del art. 158.6 de la CPE, no es la Alcaldía quien aprueba el radio urbano, ya que se emite una ordenanza que va al Órgano Legislativo para su aprobación y sus efectos no son inmediatos; iii) Los demandados son los que deben controvertir la literal presentada, no la parte accionante; y, iv) Se acreditó la vulneración del derecho propietario, la función de la propiedad, siendo la jurisprudencia señalada contundente, no quedando otro camino que conceder la acción de amparo constitucional.