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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S3

    Fecha: 15-Mar-2019

    2)

    2)            Por la información proporcionada por el condenado ante los funcionarios policiales de la FELCN-CH en su declaración informativa y en el Acuerdo de Procedimiento Abreviado, aceptó ser el propietario del vehículo confiscado desde hace seis meses atrás; además, de aceptar la confiscación del mismo motorizado; y,

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • III.
    • III.1.  Exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
    • toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
    • jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba
    • facultad de valoración de la prueba corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios
    • otra excepción se da cuando la autoridad judicial basa su decisión en una prueba inexistente o que refleja un hecho diferente al utilizado como argumento
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • III.3.1. Sobre la falta de fundamentación alegada
    • 2)
    • 3)
    • falta de valoración probatoria
    • CONFIRMAR

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