SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0092/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
La parte accionante mediante su abogado ratificó la acción tutelar presentada, añadiendo además que: a) No se dio cumplimiento a las formalidades legales establecidas por el art. 23 de la Constitución Política del Estado (CPE), no es posible que una abogada sea imputada por un delito en razón que prestó sus servicios profesionales y en su oficina s...