SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 05/18 de 15 de noviembre de 2018, cursante de fs. 89 a 95 vta., emitida por el Juez Público de Familia Segundo del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada en los mismos términos dispuestos por el Juez de garantías, amparando a la empresa accionante en su derecho propietario y posesorio sobre su inmueble, dejando sin efecto la medida cautelar ordenada mediante Auto Constitucional 003/2019-CA/S de 25 de enero, cursante de fs. 324 a 330, emitido por la Comisión de Admisión de este Tribunal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- I.3. Trámite ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- I
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 19
- art. 56.1 de la CPE, indica que
- III.2. Los demandados en avasallamientos a la propiedad privada
- c)
- acreditar su posesión legal del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho
- SC 1516/2011-R de 11 de octubre
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- omitiendo indicar que en la sucesión registral de la misma matrícula
- CONFIRMAR