SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2019-S4

Fecha: 01-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Es propietaria del inmueble ubicado en la zona Nor Oeste, en la UV: PSU-5, manzana 4 y manzana 4-A, sobre la Radial 25 entre calles Cachuela y Riberalta de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.), bajo el Asiento “A” 4 de 21 de septiembre de 2012, con matrícula computarizada 7.01.1.99.0019097.

Agrega que en ejercicio de su legítimo derecho de propiedad sobre el inmueble antes citado, resultó ser víctima de un avasallamiento dirigido por el demandado “Cesar Humberto Paz Urey” y otras personas naturales que no fueron identificadas, las cuales, portando objetos de contusión, palos, bates, armas de riesgo y otros, invadieron de noche, en forma violenta y mediante medidas de hecho, el inmueble de su representada para asentarse dentro de este y luego iniciar procedimiento de cambio de cerraduras, cadenas y candados en todo el perímetro del mismo, causando directa privación y/o limitación arbitraria del citado derecho en sus elementos esenciales, como son, uso, goce, disfrute y disposición.

Los hechos denunciados se encuentran evidenciados mediante el informe policial de 7 de noviembre de 2018 emitido por la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC) dentro del caso FELCC 853/18, en trámite ante la Fiscalía Corporativa Los Tusequis y las Actas de Verificación 18/2018 de 23 de junio, expedida por la Notaria de Fe Pública 103 y de Verificación de Domicilio 56/2018, emitida por la Notaria de Fe Pública 83, ambas de Santa Cruz, los que acreditan la comisión del avasallamiento mediante medidas de hecho, efectuado la noche del 23 de junio del indicado año.