Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
II.1.
II.1. Cursa “RESOLUCIÓN EXPRESA PARA CONVOCAR A CONGRESO DE UNIDAD DE LA FEDERACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE LA PRENSA DE SANTA CRUZ” (sic) de 3 de marzo de 2018, expresada por el XXII Congreso Nacional Ordinario de la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa Bolivia, llevado a cabo en la ciudad de Riberalta del departamento de Beni; en la cual, se determinó convocar a todos los trabajadores del prensa del departamento de Santa Cruz, a efectos de nombrar a la nueva dirigencia de la FSTPSC, gestión 2018-2020, añadiendo que “…LOS ELEGIDOS DEBERÁN SER RECONOCIDOS POR EL MINISTERIO DE TRABAJO Y LA RESPECTIVA DECLARATORIA EN COMISIÓN” (sic) (fs. 4 a 5).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- QUE NO SOLO COMPRENDE EL ELEGIR O SER ELIGIDO SINO TAMBIEN EJERCER MATERIALMENTE EL CARGO PARA EL QUE SE FUE ELECTO
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- a)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos;
- REVOCAR