Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
Fragmento 13
En el memorial de aclaración y complementación presentado en relación a la Resolución de 8 de febrero de 2019, con la que se concedió tutela provisional a la accionante, la demandada señaló que en la propiedad tienen constituida una vivienda Erick Pablo Valdivia Sarabia y sus hijos. Aclaró que la menor NN tiene un grado elevado de discapacidad (fs.247 a 251 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- concedió provisionalmente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- Fragmento 13
- III.
- III.1. La acción de amparo constitucional no constituye un medio para dilucidar derechos y hechos controvertidos
- 1)
- III.2. Análisis del caso concreto.
- REVOCAR