SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2019-S2

Fecha: 01-Abr-2019

III.2.

           Dentro de las partes procesales, la víctima tiene un papel transcendental en el proceso penal; por ello, es importante precisar y establecer a quien se la puede considerar como tal. Para el efecto, corresponde realizar ciertas precisiones y diferencias doctrinales entre el concepto de sujeto pasivo y el de víctima, dentro de un proceso penal. Así, conforme a la doctrina mayoritaria, el sujeto pasivo del delito es el titular del bien jurídico protegido, pudiendo ser una persona natural, jurídica, el Estado o la propia sociedad en su conjunto; entre tanto, la víctima del delito es sobre la que recae directamente la acción penalmente reprochable; es decir, que el concepto de sujeto pasivo y de víctima no resulta lo mismo; por cuanto el primero, pese a ser el titular del bien jurídico protegido no necesariamente se constituye también en víctima; pues, para ostentar esta calidad la persona natural o jurídica debe haber sufrido el resultado disvalioso de la acción; por lo que, no siempre en una misma persona se reúnen estos dos conceptos.