SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2019-S2
Fecha: 03-Abr-2019
Fragmento 12
Previo efectuar cualquier consideración respecto a los hechos fácticos contenidos en la acción tutelar presentada por el accionante; corresponde referirse al fundamento de la Jueza de garantías por la que sin ingresar al fondo de la problemática planteada decidió denegar la tutela por improcedente, sosteniendo y manifestando reiterada y repetitivamente el incumplimiento al principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, debido a que el imputado debió acudir vía incidente, ante el Juez cautelar que asumió conocimiento de la causa penal iniciada en su contra, a efectos de denunciar los actos ilegales supuestamente cometidos por las autoridades Fiscales hoy demandadas; sin embargo, dicha autoridad jurisdiccional olvidó que esta garantía constitucional exige el agotamiento anterior de todos los medios ordinarios establecidos en el ordenamiento jurídico a objeto de lograr la restitución del o los derechos invocados como vulnerados.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- i)
- Fragmento 12
- III.1. Sobre el supuesto incumplimiento al principio de subsidiariedad alegado por la Jueza de garantías, como causal de denegatoria de la tutela impetrada
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- debe ser fundamentada
- Las y los Fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica
- REVOCAR