SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

II.3.

II.3.  Consta memorial de 30 de octubre de 2018 dirigido al Juez de Instrucción Penal Decimocuarto de la Pampa de la Isla del departamento de Santa Cruz, con el título de “…se tenga presente y solicita…” (sic), presentado por la accionante señalando entre otros aspectos que: no habiéndose informado de manera completa las denuncias planteadas en el memorial de control jurisdiccional, se conmine al representante del Ministerio Público de la Fiscalía Corporativa Patrimonial de la Pampa de la Isla del referido departamento, informe “…porque inicio el caso en el mes de enero de 2018 y recién se me notifica en septiembre de 2018; señale con precisión si no se tiene mi declaración informativa porque se asumió una resolución en mi contra violentando el Art. 100 del C.P.P., señale que pese haberme apersonado a dependencia de la fiscalía y no haber presentado croquis domiciliario, cuales los motivos de no dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión y no señalarme audiencia de declaración informativa” (sic). Asimismo con la finalidad de acreditar ese extremo, al amparo del art. 5 del CPP y el derecho a la defensa la Asistente Fiscal de nombre María, informe “…respecto de la presencia de mi persona el día 22 de octubre de 2018 en horas de la tarde, juntamente con mis dos abogados” (sic); además solicitó que la Secretaria Abogada de ese despacho proceda a realizar una inspección de la ubicación del inmueble que habita a fin de acreditar habitabilidad y habitualidad (fs. 23 a 24).