Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2019-S4
Fecha: 05-Abr-2019
II.6.
II.6. En instalaciones de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), 9 de agosto de 2018, se suscribió un acta voluntaria de garantías constitucionales, entre Miguel Vaca Trujillo –hoy demandado– y Miguel Vaca Zabala –ahora accionante–, por el que ambas partes de manera recíproca, extensible a toda su familia, se obligan a no ofenderse bajo ningún motivo o causa, ni en lugares públicos o privados, menos en estado de ebriedad o por intermedio de terceras personas, en caso de incumplimiento comprobado, el otorgante será sancionado con un arresto corporal, remitiéndose a conocimiento del Fiscal (fs. 8).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1
- i)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Protección del
- El o los derechos cuya tutela se pide, deben estar acreditados en su titularidad; es decir, no se puede invocar derechos controvertidos o que estén en disputa, atendiendo claro está, a la naturaleza de los mismos.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18