SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

El Tribunal de Apelación resolverá, sin más trámite y en audiencia dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones, sin recurso ulterior

Por consiguiente, las autoridades judiciales al momento de pronunciarse sobre los recursos de apelación incidental referidos, deben someter sus actos al principio de celeridad y garantizar a las partes un debido proceso, más aún cuando se trate del derecho fundamental de la libertad, en el marco de la protección que el Estado debe proporcionar al ejercicio efectivo de los derechos y garantías constitucionales concordante con los fines del Estado Unitario de Derecho Plurinacional Comunitario, de materializar la justicia social y proteger el ejercicio de los derechos, garantías, principios valores constitucionales.