SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

III.2.  El principio de celeridad en los procesos penales y la acción de libertad de pronto despacho

La celeridad dentro del contexto constitucional, forma parte de los principios que rigen al órgano judicial y al Tribunal Constitucional Plurinacional, conforme lo establecido en el art. 178.I y 180 de la CPE, de igual forma, se encuentra como parte del debido proceso en virtud a su art. 115.II; por cuanto las autoridades que componen dichos órganos deben imprimir la mayor celeridad en la resolución de las causas que se ponen bajo su conocimiento, a fin de evitar retardación en impartir la justicia social tan anhelada por la población boliviana y que además es uno de los fines del Estado Unitario Social Plurinacional Comunitario.