Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
concedió
El Juez de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 20 de 14 de noviembre de 2018, cursante de fs. 43 a 44 vta., concedió la tutela solicitada de pronto despacho, disponiendo que la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, señale audiencia de apelación de consideración a la cesación de medidas sustitutivas a la detención preventiva dentro del plazo de tres días como lo establece el art. 251 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- ii)
- deben acudir ante el mismo juez o tribunal de garantías que emitió la resolución constitucional inicial
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho, y el plazo para resolver el recurso de apelación incidental de medidas cautelares
- al traslativo o de pronto despacho
- de manera excepcional
- dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones, sin recurso ulterior
- III.3.1. Con relación a la Jueza demandada
- Sala Penal Tercera el 1 de noviembre de 2018,
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADA
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional
- excepción