SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
II.1.
II.1. Por Auto Interlocutorio 202/18 de 26 de septiembre de 2018; emitido por Fátima Norma Rivera Fernández, Jueza Pública Mixta, Comercial de Familia e Instrucción Penal Primera de la Guardia del departamento de Santa Cruz -ahora codemandada-, se dispuso la cesación a la detención preventiva de Omar Walter Garrett Bernal -ahora accionante-, aplicando las siguientes medidas sustitutivas: i) Presentación cada quince días ante las oficinas del Ministerio Público y las veces que sea requerido por la autoridad judicial; ii) La prohibición de salir del país, ordenándose el arraigo judicial del imputado; iii) La fianza personal de dos garantes personales con domicilio propio y conocido que aseguren la presencia del imputado dentro del proceso; y, iv) La prohibición de comunicarse con los demás coimputados así como con los testigos y peritos dentro de la investigación, a menos que sea requerido por el señalado Ministerio Público, Policía y autoridad Judicial (fs. 13 a 14 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- ii)
- deben acudir ante el mismo juez o tribunal de garantías que emitió la resolución constitucional inicial
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho, y el plazo para resolver el recurso de apelación incidental de medidas cautelares
- al traslativo o de pronto despacho
- de manera excepcional
- dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones, sin recurso ulterior
- III.3.1. Con relación a la Jueza demandada
- Sala Penal Tercera el 1 de noviembre de 2018,
- CONFIRMAR en parte
- MAGISTRADA
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional
- excepción