SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2019-S2

Fecha: 05-Abr-2019

II.1.

II.1.  El 9 de abril de 2015, Isaac Renato Rocha Tórrez, formuló demanda de usucapión decenal o extraordinaria respecto al lote de terreno ubicado en la calle Nataniel Aguirre sin número de Quillacollo del departamento de Cochabamba, con una superficie de 292 m², registrado bajo la matrícula computarizada 3.09.1.01.0012304, asiento A-1 de 2 de marzo de 1996, a nombre de Juan Daniel Pozo Rocha y Jacqueline Lyneth Pozo Rocha (nietos del impetrante de tutela). Precisando que, por documentos simulados transfirió conjuntamente a su esposa, bienes inmuebles a favor de su hija, Emma Hercilia Rocha Pérez, a efectos de “…cooperarla en la tramitación de una Resolución Ministerial para el funcionamiento de una Unidad Educativa en la ciudad de Quillacollo…” (sic), con el compromiso contractual de una vez logrado el objetivo, efectuar la retroventa a favor de los legítimos propietarios, mismas que fueron realizadas; habiendo obrado de igual forma con un inmueble de la hermana de su esposa, respecto al que, sin embargo, su hija no efectivizó la retroventa a favor de su esposa, olvidando la gratitud y codiciando apropiarse de bienes que no le correspondían, otorgando el mismo en calidad de anticipo de legítima en favor de sus nietos, quienes incluso como emergencia del interdicto de adquirir la posesión que formularon el 18 de junio de 2014, reconocieron que nunca estuvieron en posición del lote de terreno; siendo él quien lo ocupa por más de veinticinco años, introduciendo mejoras, construcciones, ampliaciones y servicios. Demanda subsanada el               11 de mayo del mismo año (fs. 35 a 38; 59 y vta.).