Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
II.2.
II.2. Por Requerimiento de 5 de junio de 2018, Jaime Ajhuacho Alarcón, Fiscal de Materia, dispuso la complementación de diligencias investigativas en el plazo de sesenta días, conforme el art. 301.I.2 del CPP (fs. 62 y vta.), misma que fue informada a la autoridad ahora demandada, a través de memorial presentado en la misma fecha, emitiéndose en consecuencia providencia de 7 de igual mes y año; por el que, la señalada autoridad jurisdiccional otorgó el plazo de cuarenta y un días a la representación fiscal, para fines de control jurisdiccional (fs. 63 y vta.; y, 64).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas:
- III.2. Análisis del caso concreto
- Conminatoria
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR