SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2019-S3

Fecha: 09-Abr-2019

III.1. La protección constitucional en relación al juez natural

         La SC 0099/2010-R de 10 de mayo, reiterada por la 0048/2012 de 26 de marzo y 0575/2015-S1 de 5 de junio, estableció: “El juez natural, constituye una garantía constitucional con incidencia en el campo tanto jurisdiccional como administrativo, cuyo ‘núcleo duro’ está compuesto por tres elementos a saber: la competencia, la imparcialidad y la independencia.

         la competencia como medida y continente de la potestad administrativa es indelegable, inconvalidable y emana solamente de la ley y de la Constitución; entonces, la importancia que reviste este elemento del juez natural en el Estado Social y Democrático de Derecho, hace que el ordenamiento jurídico-constitucional boliviano le conceda un resguardo reforzado frente a actos de quienes usurpen funciones que no les competen o contra los actos de quienes ejerzan jurisdicción o potestad que no emane de la ley”.