SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte peticionante de tutela alega como vulnerados sus derechos al debido proceso, a la defensa, al acceso a la justicia, a la propiedad privada, a la vivienda y al recurso efectivo, así como la inobservancia de los principios de seguridad jurídica, pro homine, “inmediación” y “contradicción”; toda vez que, la Jueza demandada desarrolló el proceso de mejor derecho propietario, reivindicación y entrega del bien inmueble hasta emitir la Sentencia 229/2016 de 30 de diciembre, sin considerar que el demandado del proceso en cuestión desde un inicio y a tiempo de contestar la demanda afirmó que no era dueño ni poseedor del bien en cuestión; aspecto por el cual acompañando documentación pertinente que acreditaba su derecho propietario presentó incidente de nulidad de obrados sosteniendo ser la persona contra quien se debió interponerse la demanda; sin embargo, el mismo fue rechazado con su simple decreto aduciendo que su persona no era parte del proceso, habiéndose emitido posteriormente el mandamiento de desapoderamiento que fue ejecutado el 23 de julio de 2018.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- esencial, radica en la identidad de la cosa, respecto a la cual dos o más personas reclaman derecho de propiedad
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre el derecho del acceso a la justicia
- III.3. Incidente de nulidad
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER en parte
- 2° DENEGAR