SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2019-S1
Fecha: 10-Abr-2019
II.2.
II.2. El Director Ejecutivo a.i. de la ARIT, a través de la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0043/2012, de 20 de enero, revocó parcialmente la RA CEDEIM Previa 23-00835-11, emitida por la Gerencia Distrital Oruro del SIN contra la Empresa Metalúrgica Vinto, dejando sin efecto el reparo de Bs4 898 511.- conformado por Bs3 575 733.- por aplicación del 45% presunto de gasto de realización en el cálculo del importe máximo a devolver; Bs1 322 778.- correspondiente al crédito fiscal de facturas superiores a 50 000 UFV's, manteniendo firme y subsistente el monto de Bs7 064.- por crédito fiscal de facturas sin respaldo original; declarando con consecuencia como importe sujeto a devolución Bs4 898 511.- mencionados más Bs3 121 920.- establecidos en el primer numeral de la parte resolutiva del acto impugnado, sumando un total de Bs8 020 430.-, por el periodo fiscal enero 2009 (fs. 231 a 238).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- 1) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; 2) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, 3) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- Fragmento 18
- III.2. Jurisprudencia reiterada, sobre el debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación de las resoluciones
- el valor justicia,
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR