SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

II.5.

II.5. A través de Informe de 7 de marzo de 2018, Marlón Zeballos Fernández, Director Distrital de Educación de Sucre, informó a Humberto Gerónimo Tancara Tancara, Director Departamental de Chuquisaca que la toma de los primeros exámenes de reevaluación se realizó en base a la recomendación contenida en el Informe Técnico S.E.R. 001/2018 de 11 de enero “Apoyado por la alocución verbal del responsable de transparencia de la D.D.E.Ch. en el art. 116-l inc. f) de la Ley       N° 548 Código Niña (o) y adolescente” (sic); asimismo, señala que los primeros exámenes se anularon ante el reclamo de la Junta Escolar y los maestros de la Unidad Educativa “JUNÍN” respaldados por la Federación de Maestros Urbanos de Chuquisaca, debido a que dicha prueba no se realizó con un veedor del establecimiento cuestionada y fue por la presión del Responsable de Transparencia que obligó a la Dirección Distrital a recepcionar la evaluación, misma que se habría realizado en presencia del abogado de la Unidad de Transparencia de la Dirección Departamental de Educación motivos por los cuales, dejaron sin efecto la primera prueba (fs. 30 a 31).