SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2019-S3

Fecha: 11-Abr-2019

I.2.4. Participación de los terceros intervinientes

Cristian Vargas Ferrufino en representación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), en audiencia manifestó que la acción de libertad debe ser activada cuando el acto lesivo se origina en violaciones al debido proceso que se encuentran vinculadas con el derecho a la libertad, lo cual no acontece en el presente caso, dado que los aspectos denunciados no están relacionados a lesiones al debido proceso, enfocándose por el contrario a la interpretación del art. 234.10 del CPP.