Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2019-S4
Fecha: 17-Abr-2019
II.2.
II.2. Cursa Testimonio de Escritura de Venta 1655/1994 de 28 de febrero, por el cual María Carmen Adriazola Soruco y otros confirieron en calidad de venta en favor de la empresa industrial Bolivian Wire And Cable Company S.A. “CABLEBOL” S.A. representado por su Gerente Dory Elena Jiménez Prudencio, un lote de terreno ubicado en la zona denominada Huayllani Chico comprensión de la provincia Chapare del referido departamento(fs. 93 a 97); y su respectivo registro en DD.RR. con matrícula 3.10.1.01.0026292 de 4 de septiembre de 2018 (fs. 98 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con poder suficiente
- 1. Toda persona natural o jurídica cuyos derechos estén siendo restringidos, suprimidos o amenazados, de serlo, directamente u otra en su nombre con poder suficiente
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR