SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2019-S4
Fecha: 17-Abr-2019
II.4.
II.4. Consta Informe H.A.M.S. DIR. URB. R.A.R. inf. 19 de 23 de mayo de 2011, emitido por el Director de Urbanismo de la Alcaldía Municipal de Sacaba del departamento de Cochabamba, por el que señala que la Urbanización El Arquitecto y Urbanización “CABLEBOL” S.A. no concluyó todos los trámites administrativos que dan la respectiva aprobación, ya que la misma aún no realizó el registro de las cesiones traslativas a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba, para lo cual el propietario previo debió pedir el desarchivo y continuidad del trámite respectivo que a la fecha se encuentra rezagado “y a su vez deberá complementar la documentación faltante en la carpeta en curso de aprobación” (sic) (fs. 240).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con poder suficiente
- 1. Toda persona natural o jurídica cuyos derechos estén siendo restringidos, suprimidos o amenazados, de serlo, directamente u otra en su nombre con poder suficiente
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR