SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2019-S4

Fecha: 17-Abr-2019

Fragmento 4

El 21 de febrero de 2018, se notificó con dicho Auto de Vista 11/2018 a Arturo Cayo Guzmán Gutiérrez en su domicilio procesal; razón por la cual, interpuso Incidente de actividad procesal defectuosa absoluta sobre nulidad de obrados, con el argumento que revisado el cuaderno de apelación únicamente se remitieron fotocopias referidas al trámite que dio origen a la Resolución 103/2015 y Auto Complementario de 14 de julio de 2016; empero, no cursa en actuados el Poder Notarial 2131/2015 de 19 de noviembre, otorgado por Zoila Rosa Ledezma Vda. de Guzmán, cónyuge supérstite de Arturo Cayo Guzmán Gutiérrez a su favor, acompañando copia del memorial de apersonamiento ante el Tribunal de Sentencia Penal Octavo del departamento de La Paz, y su respectivo decreto de admisión, dado que el referido Auto de Vista 11/2018, reconoció que se debe adjuntar el Poder correspondiente dado que no fue remitido por el Tribunal a quo; en tal sentido, se pidió la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo o sea el Auto de concesión de apelación incidental de 20 de julio de 2016 y se proceda a accionar nuevamente el cuaderno de apelación y se incluya el mandato correspondiente.