Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2019-S4
Fecha: 17-Abr-2019
II.1.
II.1. Mediante convenio Beca de Estudio 1010/2014 de 16 de diciembre, suscrito entre el Rector, Director Administrativo y Financiero, así como el Jefe de Recursos Humanos de la UAGRM y Adaluz Cerón Espinoza –ahora accionante–, se otorgó a ésta última el beneficio de beca estudio para que cumpla funciones de apoyo administrativo, por un tiempo de 49 días computables desde el 1 de noviembre hasta el 19 de diciembre de 2014, con un monto de Bs1 490.- (Mil cuatrocientos noventa bolivianos). En similares condiciones, fue suscrito entre las mismas partes, el convenio 232/2015 de 6 de abril, estableciéndose un tiempo de trescientos cuarenta y siete días para la otorgación de la beca estudio, computables desde el 2 de enero hasta el 18 de diciembre de 2015 y por convenio 136/2016 de 21 de marzo, se acordó este beneficio de beca trabajo a favor de la impetrante de tutela por doscientos ocho días desde el 4 de enero hasta el 31 de julio de 2016, estableciendo que al vencimiento fenecería automáticamente (fs. 2 a 4).
Otros enlaces de interés: