Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2019-S4
Fecha: 17-Abr-2019
II.4.
II.4. Mediante memorial presentado el 13 de abril de 2018, Adaluz Cerón Espinoza, formuló denuncia de reincorporación laboral ante la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz, aduciendo que no obstante haber fenecido el plazo de duración del convenio Beca Estudio 301/2017, la parte patronal le pidió que continuara ejerciendo sus funciones con la promesa de reanudar la relación laboral pero bajo modalidad de contrato a plazo fijo, por lo que permaneció prestando sus servicios hasta el 22 de marzo de 2018, cuando se enteró de que se había procedido al reemplazo de su beca institucional y que por ende, se produjo su desvinculación (fs. 108 a 110 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Mecanismos de protección del derecho al trabajo y a la estabilidad laboral
- Fragmento 15
- III.2. El amparo de las
- III.3. Análisis del caso concreto
- COFIRMAR