SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La entidad accionante a través de su representante legal, alega la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva, presunción de inocencia en relación con el principio de favorabilidad, al juicio previo, a la reserva de ley; y, los principios de “irracionabilidad” y desproporción de lo resuelto y aquí confutado; por cuanto, el Auto Supremo 04 pronunciado por los Magistrados ahora demandados, al declarar no ha lugar su solicitud de medida precautoria dentro de un proceso contencioso administrativo, están autorizando de manera adelantada la ejecución de una sanción administrativa impuesta mediante la RM 062 emitido por el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, sin que se haya adquirido validez de cosa juzgada material.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Esta resolución no es susceptible de recurso ulterior en la vía administrativa
- as resoluciones definitivas de la administración pública tienen fuerza ejecutiva
- III.2. Análisis del caso concreto
- órgano administrativo competente para resolver el recurso,
- que ante cualquier duda relativa al art. 59 de la LPA
- CONFIRMAR