SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
II.1.
II.1. Cursa la Minuta de Contrato ALC/150/2012 de 20 de diciembre, protocolizada ante el Notario de Gobierno del Distrito Administrativo de La Paz, que tuvo por objeto la provisión de equipos de imagenologia por parte de “COSIN Ltda”, al Hospital Obrero II de Cochabamba, a través de la Licitación Pública DA-048/2012-N; por la cual, se convocó a empresas interesadas a presentar documentación y propuestas técnicas y económicas, de acuerdo a las especificaciones técnicas y condiciones establecidas en el documento base de contratación aprobado mediante Resolución RPC ALC/101/2012 de 29 de octubre; en la cláusula cuarta, el proveedor, se comprometió a realizar la entrega de los bienes estipulados en el plazo de ciento veinte días calendario; asimismo en la cláusula tercera, se estableció que para la entrega definitiva de los bienes objeto de la adquisición, la entidad designaría una comisión de recepción, a la que le correspondería verificar que los bienes provistos concuerden con las especificaciones técnicas de la propuesta aceptada y el contrato (fs. 68 a 78).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.1. Límites de activación de la acción de amparo constitucional para definir controversias derivadas de la ejecución de contratos
- III.2.
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento, previa antes de la activación de la justicia constitucional a través del amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- REVOCAR