SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
II.6.
II.6. Mediante memorial presentado el 20 de julio de 2018, “COSIN Ltda”, a través de su representante legal, presentó ante el Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de turno del departamento de Cochabamba, solicitud de medida precautoria de embargo preventivo y secuestro del equipo de resonancia magnética instalado en dependencias del Hospital Obrero II de Cochabamba y se designe como depositario al personal técnico de la empresa que representa; asimismo, pidió se proceda a la citación de la MAE de la CNS –ahora demandado–, para que asista a la audiencia judicial de embargo preventivo y secuestro con designación de depositario solicitado precedentemente (fs. 143 a 151 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.1. Límites de activación de la acción de amparo constitucional para definir controversias derivadas de la ejecución de contratos
- III.2.
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento, previa antes de la activación de la justicia constitucional a través del amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- REVOCAR