Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
II.2.
II.2. Mediante Nota Sub-Ger 098/2017 de 5 de mayo, presentada al Gerente General de la CNS, el 17 del mismo mes de 2017, “COSIN Ltda”, comunicó a dicha entidad, la intención formal de resolver parcialmente el Contrato ALC/150/2012, respecto al ítem I-3 (equipo de resonancia magnética, por lo que, otorgó quince días hábiles a partir de la notificación para enmendar fallas y normalizar la adquisición hasta la conclusión, a través de la inmediata emisión del acta de recepción definitiva del certificado de cumplimiento de contrato, en aplicación de las cláusulas trigésima tercera y trigésima cuarta (fs. 64 a 67).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III.1. Límites de activación de la acción de amparo constitucional para definir controversias derivadas de la ejecución de contratos
- III.2.
- abriéndose la vía judicial correspondiente para el control de legalidad ante su quebrantamiento, previa antes de la activación de la justicia constitucional a través del amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- conceder
- REVOCAR